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Psicoterapia Online ¿Una opción razonable? (+ Guía PDF)

ciber-terapia
Jose Manuel Garrido

La ciber-terapia o psicoterapia online (a través de internet) es una realidad presente ya de manera contundente en la práctica profesional del psicólogo clínico.

Sin embargo existen aún diversas lagunas e interrogantes no del todo resueltos y que, por el interés tanto del profesional como del propio usuario, se hace necesario afianzar al objeto de convertir esta actividad clínica en una práctica segura y eficiente.

A mi entender hay dos cuestiones básicas relacionadas con la psicoterapia online que no están del todo resueltas: La primera de ellas tiene que ver con consideraciones legales, éticas y deontológicas de la propia práctica clínica realizada en este contexto tecnológico.

La segunda se refiere a la eficacia y eficiencia (relación coste-eficacia) de la psicoterapia online en relación a la terapia tradicional.

Cuestiones éticas, legales y deontológicas de la Psicoterapia Online

No he encontrado en el contexto legal y profesional de la psicología española norma específica alguna en relación a la práctica clínica en entornos digitales (Desconozco si existe en otros países de habla hispana).

No obstante, parece lógico pensar que ante la falta de normas específicas, este tipo de práctica profesional deba guiarse por las normas que de manera general rigen en el entorno terapéutico que podríamos llamar “tradicional” o “cara a cara”.

Desde el punto de vista legal, esto supone que el profesional debe cumplir con una serie de requisitos que están bien establecidos y que el usuario debe exigir (Altas en el Colegio Profesional, en la Agencia Tributaria y en la Seguridad Social y cumplimiento de la Ley de Protección de Datos) y otros no tan claros (Autorización Sanitaria o acreditación PIR).

Desde el punto de vista ético y deontológico la situación es similar, es decir, ante la falta de normas específicas debemos recurrir a aquellos artículos del Código Deontológico que guían la práctica general y que en particular hacen referencia principalmente a la confidencialidad y protección de datos y a una práctica responsable de la psicología.

En esta línea el Colegio de Psicólogos de Madrid (2011) ha hecho a mi entender una aportación relevante al asunto, incluyendo en su Guía “Ética y Deontología en la Práctica Psicológica” algunas directrices a tener en cuenta, y que transcribo en su parte más sustancial:

“Se deberá asegurar una identificación explícita, la cual debe comprender la identidad (incluida la ubicación física) tanto de profesionales como de usuarios (salvo en los casos que sea apropiado mantener su anonimato).

También se deberá obtener el adecuado consentimiento informado ofreciendo las garantías de confidencialidad así como la advertencia sobre las limitaciones y los riesgos de estas intervenciones, garantizando la seguridad en las transacciones de todo orden”.

En lo que respecta a la práctica responsable referida a entornos digitales, el texto recoge lo siguiente:

“El psicólogo deberá poseer competencia profesional específica para las peculiaridades de esta atención, tales como habilidad para la comunicación en dichos medios y para la identificación de dificultades a distancia en el campo en que se desenvuelva.

No aplicará instrumentos y técnicas de evaluación o tratamiento cuya eficacia no haya sido demostrada en este medio. Igualmente, deberá dominar y actualizarse en medios técnicos que faciliten la seguridad de las transacciones de los procedimientos que realice, incluyendo las financieras y el intercambio de información personal o psicológica”.

Como marco general en un contexto aún no reglado podría ser suficiente. Al menos se sugieren unos límites a tener en cuenta tanto por los profesionales como por los posibles usuarios de este tipo de intervención.

Sobre la eficacia y la eficiencia de la Psicoterapia Online

Esta cuestión se torna algo más difícil. Si ya resulta complicado establecer con cierto margen de seguridad la eficacia de muchas de las intervenciones terapéuticas que vienen realizándose en el entorno tradicional, lo es mucho más en el contexto digital.

En cualquier caso parece lógico pensar que, en la medida en que la ciberterapia se acerca al contexto tradicional, su eficacia es también similar. Es decir, en la medida en que la pérdida de información propia del ambiente digital sea menor, mayor será la eficacia de la intervención.

En esta línea la videoconferencia podría valorarse a priori como un medio más eficaz que la intervención telefónica, y esta a su vez más que una relación terapéutica vía chat o correo electrónico.

Claro que esto no ha sido demostrado aún de forma contundente por estudios suficientemente relevantes en cuanto a muestra y metodología, pero los que existen sí que parecen moverse en esta dirección.

Y es importante tener en cuenta que, a la vista del menor coste que en general supone el seguimiento de una terapia online, concluir que su eficacia es similar a la tradicional, supone también aceptar que su eficiencia (entendida como la relación coste/eficacia) será mayor.

Si te interesa profundizar en este asunto, te recomiendo descargar el documento que acompaña a este artículo, en el que además de extraer sus propias conclusiones se mencionan un buen número de estudios sobre la eficacia de la psicoterapia online en diferentes situaciones terapéuticas.

Conclusiones

Ante la falta de un marco legal y profesional específico, parece necesario que, tanto profesionales como usuarios, apliquen a la práctica terapéutica en contextos digitales las normas genéricas aplicables en entornos tradicionales.

Dada la peculiaridad del medio digital es conveniente que el profesional asegure y el usuario exija precauciones especiales en relación a la identidad y capacitación de las partes que intervienen en el proceso, y en particular en lo que respecta a la protección y el uso de datos personales.

En lo que se refiere a la eficacia de las terapias online, aun quedando mucho por hacer en cuanto al número estudios relevantes y meta-análisis concluyentes, los que van siendo publicados (más numerosos cada día) reflejan una eficacia similar a la ofrecida por terapias equivalentes en entornos tradicionales, lo que convertiría a la psicoterapia online en un tipo de intervención más eficiente que la tradicional.

En este aspecto, considero un factor importante la pérdida de información que de manera inevitable se da en determinados medios digitales como el teléfono, el chat o el correo electrónico, déficit que se produce en menor medida en entornos como la videoconferencia, mucho más ricos en información y cada día más accesibles.

Sería muy interesante conocer tu opinión o experiencias sobre este asunto de vital importancia para el futuro de la intervención psicológica:

¿Conoces estudios o investigaciones al respecto? ¿Has ofrecido o recibido psicoterapia en un entorno digital? ¿Cómo se regula esta actividad en tu país? Deja ahora tu comentario.

Nota del Editor

Completamos el artículo con un excepcional documento publicado en la Revista de Psicopatología y Psicología Clínica Vol. 15 (2010), que firmado por Felipe Soto-Pérez, Manuel Franco, Claudia Monardes y Fernando Jiménez, y bajo el título “Internet y psicología clínica: Revisión de las ciber-terapias” nos ofrece justo lo que promete en su introducción: una amplia, actualizada e introductoria visión de la cuestión de las ciber-terapias relacionadas con la psicología clínica.


Recursos:
Internet y psicología clínica: Revisión de las ciber-terapias
Fuentes:
Imagen cortesía de OfficialGDC vía Flickr


1 comentario en “Psicoterapia Online ¿Una opción razonable? (+ Guía PDF)”

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