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¿Cómo se hace un plan de igualdad en la empresa? Guía en PDF

Plan de Igualdad
María José Pérez Araque

A través de este artículo vamos a explicar cómo se hace un plan de igualdad para las empresas. Hay que destacar que desde marzo de 2022 es obligatorio en España implantar un Plan de Igualdad en las empresas de más de 50 trabajadores. Las empresas más pequeñas también podrán estar obligadas a implantarlo en el caso de que así lo especifique el convenio colectivo correspondiente.

¿Qué es un plan de igualdad?

El plan de igualdad se puede definir como un distintivo legal que reconoce a aquellas empresas que destacan por la aplicación de políticas de igualdad de trato y oportunidades para toda la plantilla, ya sean hombres o mujeres.

A través de la Ley Orgánica 3/2007 del 22 de marzo, para la igualdad efectiva entre mujeres y hombres, se traspuso al ordenamiento español la normativa europea en materia de igualdad.

El Real Decreto 1615/2009 de 26 de octubre regula la concesión del distintivo de Igualdad en la empresa. Para conseguir la distinción anterior se deben cumplir los siguientes aspectos:

  • Equidad de mujeres y hombres en el acceso a puestos de responsabilidad y ascensos.
  • Participación en igualdad de hombres y mujeres en los órganos de toma de decisiones en la empresa.
  • Planteamiento de criterios de remuneración y clasificación profesional equitativos.
  • Establecimiento de acciones que faciliten la conciliación personal, familiar y laboral de todas las personas de la plantilla.

Las convocatorias se pueden solicitar cada año y la concesión del distintivo tiene una vigencia de 3 años de duración.

¿Qué requisitos legales tiene que cumplir la solicitud del distintivo de igualdad?

En España cualquier empresa que cumpla los siguientes requisitos podrá solicitar el distintivo de igualdad:

  • Estar inscrita en la Seguridad y formalmente constituida.
  • No haber sido sancionada en los tres años anteriores por infracciones graves o muy graves en materia de igualdad, a la Seguridad Social y/o Hacienda.
  • Haber implantado un plan de igualdad o establecer las políticas de igualdad, en caso de no estar obligados a realizarlo.
  • Contar con un compromiso explícito en materia de igualdad entre mujeres y hombres.
  • Haber efectuado balances e informes de seguimiento y evaluación de medidas exigidas por el plan de igualdad implantado después de que haya pasado un año de su implantación.

¿Cómo se concede el distintivo de “igualdad en la empresa”?

El Ministerio de Igualdad convoca anualmente el procedimiento de concesión del distintivo de igualdad en la empresa y es publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Aquellas empresas que cumplen los requisitos legales mencionados podrán solicitar la distinción de igualdad presencialmente o a través de un procedimiento electrónico.

Una vez entregada toda la documentación requerida por la Administración en las bases de la convocatoria se procede a resolver el expediente por una Comisión Evaluadora en el plazo de seis meses. Es importante destacar que si en ese plazo de seis meses no se notifica la resolución que desestima la solicitud la empresa podrá entender que su solicitud ha sido aprobada.

Anualmente las empresas que obtengan el “distintivo de igualdad” tienen que presentar un informe ante el Ministerio de Igualdad que refleje las actuaciones implantadas y los efectos que han tenido las realizadas a lo largo del año. A los tres años de estar implantado el plan de igualdad también se tendrán que especificar los resultados de las actuaciones trianuales.

La vigencia del distintivo de igualdad será de tres años inicialmente y podrá ser prorrogado por el mismo periodo de tiempo si la empresa cumple las obligaciones legales oportunas.

Características del Plan de Igualdad en la empresa:

  1. Debe ser integral y colectivo de tal forma que incide en toda la plantilla.
  2. Será transversal y adaptable a todos los cambios que se produzcan.
  3. Tendrá coherencia en sus objetivos finales y será sistematizado.
  4. Su duración será suficiente para alcanzar el objetivo de igualdad entre todos los trabajadores de la plantilla.
  5. La flexibilidad del plan será suficiente para adaptarse a las vicisitudes que se produzcan.

Contenido mínimo de un plan de igualdad efectivo:

La estructura básica que debe tener el plan de igualdad de una empresa es la siguiente:

  • Debe determinar las partes que conciertan el plan de igualdad.
  • Asignará un ámbito territorial, temporal y personal.
  • Contendrá un informe de diagnóstico de la empresa en el ámbito de la igualdad.
  • Expondrá los resultados de una auditoría retributiva que contemple los sueldos de la plantilla y las diferencias que existieran entre hombres y mujeres.
  • Definirá los objetivos del plan de igualdad.
  • Expondrá las medidas concretas que la empresa llevará a cabo para mejorar la equidad y los plazos que se requerirán para implantarlas.
  • Habrá que definir qué medios y recursos se utilizarán para llevar a cabo las medidas expuestas en el punto anterior.
  • Se establecerá un calendario de actuaciones para la implantación del plan de igualdad y un sistema de seguimiento y evaluación periódica de las actuaciones.
  • Determinará la composición y el funcionamiento del órgano paritario encargado del seguimiento y evaluación del plan de igualdad.
  • Por último tendrá que recoger un procedimiento de resolución de posibles discrepancias o problemas a la hora de aplicar la normativa.

Para ampliar la información se puede descargar aquí el Manual para elaborar un Plan de Igualdad en la empresa en formato PDF elaborado por el Instituto de la Mujer.

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